Limitaciones del diseño institucional para una gestión
municipal participativa.
El caso chileno
Egon Elier Montecinos-Montecinos*
Abstract
The
objective of this paper is to explain, from the point of view of political
institutionalism, the lack of citizen participation in the Chilean municipal
management. The methodology of this study was based on documental analysis of
the organic constitutional Law of Municipalities 18.695 and the organic
constitutional Law of Government and Regional Administration 19.175. The main
result of the study is that there exists a relationship of institutional
dependency between the municipality and the other levels of government that
produce incentives to promote an instrumental citizen participation in the
local management. The main conclusion is that the rules created in the
democratic era (laws 18.695 and 19.175) scarcely contribute to promote a
participative municipal management that supports the process of democratic
strengthening.
Keywords:
citizen
participation, new political institutionalism, municipalities, regional governments.
Resumen
El objetivo de
este artículo es explicar, desde el enfoque del nuevo institucionalismo
político, la falta de participación ciudadana en la gestión municipal chilena.
La metodología de trabajo consistió en análisis documental de la ley 18.695
orgánica constitucional de municipalidades y de la ley 19.175 orgánica
constitucional sobre gobierno y administración regional. El principal resultado
es que existe una relación de dependencia institucional entre el municipio y
los demás niveles de gobierno que producen incentivos para promover una
participación ciudadana instrumental en la gestión local. La principal
conclusión es que las reglas del juego generadas en la era democrática (Ley 18.695
y 19.175) contribuyen escasamente a promover una gestión municipal
participativa que aporte al proceso de fortalecimiento democrático.
Palabras clave:
participación ciudadana, nuevo institucionalismo político, municipalidades,
gobiernos regionales.
*
Centro de Estudios del Desarrollo Regional y Local, Universidad de los Lagos,
Osorno-Chile. Correo-e: emontecinos@ulagos.cl
Introducción[1]
En Chile, a
partir de la década de los noventa y con la llegada de la democracia, la
participación ciudadana[2] fue
planteada como uno de los ejes fundamentales del desarrollo social y
democrático del país (Comité Interministerial de Modernización de la Gestión
Pública 2000: 16). El tema se ha vinculado con los procesos de
descentralización, modernización, autogestión y democracia, y se entiende como
un eje central que hace posible incrementar y ampliar las oportunidades de los
actores sociales en el proceso de toma de decisiones. Por ello, y a partir del
año 1992 con la creación de los gobiernos regionales y la democratización de
las municipalidades mediante las leyes 19.175 (Orgánica Constitucional sobre
Gobierno y Administración Regional) y 18.695 (Orgánica Constitucional de
Municipalidades), se establecieron nuevos instrumentos e instancias formales de
planificación y participación ciudadana en las decisiones públicas municipales.[3]
No obstante, aun
existiendo los mecanismos y las instancias formales para que la sociedad civil
tome parte activa en las decisiones públicas, se aprecia que existe una
participación ciudadana instrumental en la gestión municipal. Este tipo de
participación se entiende como una participación ciudadana funcional a los
requerimientos de políticas sociales, enfocada a la consulta ciudadana y en la
etapa de diagnóstico de la política local y con un predominio de un estilo de
gestión municipal tecnocrático y concentrado en la eficiencia técnica de la
gestión (Delamaza et al., 2004: 48; Subsecretaría de
Desarrollo Regional, 2004: 50; Márquez, et al., 2001: 21; Huerta et
al., 2000: 20). Esta
participación instrumental o consultiva se vuelve insuficiente ante el objetivo
de fortalecer la democracia por medio de la gestión pública, para legitimar la
actuación de las instituciones públicas y para dejar capacidades instaladas en
las personas, cuestión que puede contribuir escasamente al control y a la
fiscalización de la gestión por parte de la ciudadanía. De ahí que en este
trabajo se intente responder a la pregunta: ¿Cuáles son los factores que
explican esta participación ciudadana instrumental o escasa participación
ciudadana en la gestión pública municipal?[4]
El enfoque para
dar respuesta a esta pregunta se apoya en los principales elementos teóricos
del nuevo institucionalismo político, y se sostiene la tesis de que son los
propios diseños institucionales subnacionales
(expresado en la ley 18.695 y 19.175), diseñados en la era democrática a
comienzos de los años noventa, los que producen limitaciones fundamentalmente
fiscales e incentivos políticos para que la participación ciudadana en la
gestión municipal se aprecie debilitada o instrumentalizada. Se pone especial
hincapié en la dimensión política y fiscal del gobierno regional y municipal y
en los incentivos que se producen a partir de la interacción entre estos
niveles de gobierno. De esta manera, el objetivo en este artículo es dar cuenta
de esa problemática haciendo especial referencia al diseño institucional que
genera la relación de dependencia entre el gobierno regional y el municipal.[5]
El artículo se
estructura de la siguiente manera. En un primer apartado se hace un breve
diagnóstico de la problemática de la participación ciudadana en Chile. En un
segundo momento se analiza el marco teórico –nuevo institucionalismo político–
de donde se extraen algunos elementos para luego, en la tercera parte, analizar
el diseño institucional regional y municipal –en su dimensión fiscal y
política– y los incentivos que estarían instrumentalizando o debilitando la
participación ciudadana en la planificación municipal. Finalmente se cierra el
trabajo con algunas conclusiones.
1. Desarrollo
La problemática
de la falta de participación ciudadana en la esfera pública ha sido analizada y
explicada desde diversas perspectivas; así, encontramos a quienes sostienen que
el aburguesamiento de la cultura ha tendido a destruir y/o, en el mejor de los
casos, a modificar el ethos asociativo comunitario en un espíritu
individualista y competitivo (Figueroa, 2001: 6). En esa misma línea, Touraine (1993: 25) señala que esos fenómenos serían
producto de los cambios en la manera de vivir en los tiempos modernos, y que
con la invasión de la cultura de masas han ocurrido una serie de
transformaciones culturales que han hecho perder el sentido comunitario y
participativo. De igual modo, Fitoussi y Rosanvallon (1997: 22) señalan que esa escasa participación
formaría parte de los múltiples síntomas que las sociedades modernas
experimentan como resultado de los efectos desestructurantes
de la globalización económica y de otros efectos más subterráneos que remiten a
la destrucción que genera el individualismo contemporáneo.
Independiente de la explicación que se le
entregue al tema, lo cierto es que Chile no ha escapado a esa problemática, y
por ello la misma representa una preocupación fundamental para los gobiernos
democráticos a partir del año 1990. Desde esa fecha se comenzaron a generar una
serie de modificaciones en la administración pública orientadas a la
profundización de la democracia, las cuales hasta ahora no han demostrado
avances sustantivos (Subsecretaría de Desarrollo Regional, 2000: 30).[6]
1.1 Breve
diagnóstico sobre la participación ciudadana en la gestión municipal chilena
Antes de la
llegada de la democracia y de que se planteara la idea de la participación
ciudadana como eje fundamental del desarrollo del país, la sociedad chilena
había sido una sociedad movilizada, politizada y participativa en todos los
niveles, nacional y local (División de Organizaciones Sociales, 1994: 21-22).
No obstante, en los últimos años se ha evidenciado una escasa participación de
la sociedad chilena en las decisiones públicas regionales y locales
(Subsecretaría de Desarrollo Regional, 2004: 5; Programa de las Naciones Unidas
para el Desarrollo, 1998: 138-139; Márquez, et al., 2001: 26). Otro indicador que da
cuenta de la precariedad de la participación en Chile queda manifestado en tres
referentes de participación efectiva en organizaciones sociales voluntarias
(organizaciones sociales no políticas, participación en partidos políticos y la
afiliación a sindicatos) constatados en el informe del Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo de 1998. Allí se señala que “uno de cada dos chilenos no participa en ninguna
organización social, incluidos los partidos políticos”, asimismo, que “las
organizaciones religiosas, deportivas y de beneficencia son las que más
convocan participación quedando reducidas a eventos puntuales” (citado en Figueroa, 2001: 19).
Desde esa
perspectiva, lo que se ha debilitado es aquella noción de participar tal y como
lo indica la etimología del término; es decir, tomar parte en una situación, un
proceso, una decisión pública, o sea, en un acto donde un sujeto se involucra y
puede decidir sobre qué y cómo hacer de un problema una solución pública. Lo
que se manifiesta, entonces, es más bien un componente instrumental, el cual se
expresa de dos maneras. Por un lado, en el Plan de Desarrollo Comunal (Pladeco)[7]
del municipio o en los llamados “diagnósticos participativos”, se promueve un
tipo de participación donde el ciudadano es consultado, pero sólo para
intervenir en un momento determinado de la política publica (generalmente en la
etapa de diagnóstico y en la forma de consulta) y no de manera activa en todo
el proceso, como, por ejemplo, en el control y seguimiento de la misma. Como
consecuencia, muchas de las necesidades y problemas detectados no se traducen
en proyectos o iniciativas, ya sea porque no existen instancias municipales
formales que así lo indiquen, o porque no existe presión posterior de la
comunidad para que así sea (Montecinos, 2006: 16).
Otra modalidad
instrumental de la participación se expresa en el hecho de que el municipio
frecuentemente promueve que la gente se organice por objetivos específicos y
por problemas o demandas puntuales; por ejemplo, el agua potable, la
pavimentación participativa o la obtención de la vivienda. No se plantea aquí
que estas situaciones no constituyan un tipo de participación ciudadana, o que
no sean importantes, sino que en estas experiencias la gente se organiza, pero
al resolverse el problema, la organización se diluye y desaparece.
Ambas
modalidades de participación, inevitablemente van soslayando la posibilidad de
dejar capacidades instaladas en las personas y de que éstas se constituyan en
sujetos activos y constructores de una sociedad más democrática. Este aspecto
fue el que se transformó en el objetivo fundamental que se plantearon los
gobiernos de la concertación cuando recuperaron la democracia en los años
noventa, y el cual sigue siendo materia de interés para la gestión
gubernamental del actual gobierno de la concertación[8]
(Subsecretaría de Desarrollo Regional, 2004: 5).
Es a partir de
este negativo diagnóstico y del desafío que constituye para el Estado chileno
la incorporación de la participación ciudadana en la gestión pública, que surge
la necesidad de indagar nuevas respuestas y, en este caso, profundizar en los
aspectos propiamente institucionales y en dos de las reglas del juego más
importantes generadas en la era democrática que tuvieron como objetivo promover
una democratización y una participación ciudadana más activa en la gestión
pública regional y local: las leyes 18.695 y 19.175, que determinan en gran
medida el contexto en el cual se debe desenvolver hoy la participación
ciudadana, en específico, en la gestión municipal.
2. Antecedentes
teóricos del nuevo institucionalismo político para el análisis de la
participación ciudadana en la gestión municipal
El estudio de las
instituciones ha abierto una agenda importante en las ciencias sociales,
fundamentalmente en disciplinas como la sociología, la ciencia política y la
economía (Nolhen, 1993). La relevancia del estudio de
las instituciones estriba en que forman parte fundamental de los medios con los
cuales se pueden llegar a comprender de mejor manera los sistemas políticos, la
democracia, los procesos de participación e interacción social, así como las
prácticas políticas y sociales y las pautas que regulan la vida en sociedad (Cavadias, 2001: 14).
La tradición
institucionalista clásica, llamada también formal y legalista, tuvo un
importante desarrollo y promoción en la ciencia política a partir del estudio
del Estado como estructura política de tipo formal-legal que encarna el poder
político. Los resultados y propuestas de esos estudios tenían un marcado
carácter normativo y descriptivo apegado a una influencia positivista e
idealista del “deber ser”, lo cual hizo que muchos aspectos estuvieran desfazados de la realidad. Por su parte, el llamado nuevo
institucionalismo se aleja de esa tradición normativa y se plantea estudios más
reales o, si se puede decir, más empíricos y que le conceden un papel más
autónomo al desempeño de las instituciones[9]
(Rhodes, 1997: 18).
Paralelo a
considerar este acercamiento a lo empírico y a la autonomía de las
instituciones políticas, para este enfoque los roles de las instituciones son
fundamentales a la hora de explicar el cambio, la estabilidad, la inestabilidad
o la inercia de un determinado sistema político o proceso como la participación
ciudadana, ya que las instituciones no sólo conforman la base de cualquier sistema
político, sino que al ser las reglas del juego, también afectan el desempeño de
los actores y la dinámica de los procesos sociales y políticos que se
desenvuelven dentro de ellas (Goodin, 1996: 15). Al
respecto, North señala que “es innegable que las instituciones reducen la
incertidumbre por el hecho de que proporcionan una estructura a la vida diaria
y constituyen una guía para la interacción humana” (North, 1993: 35). Para él,
las instituciones representan las reglas del juego en una sociedad y las
limitaciones ideadas por el hombre que dan forma a la interacción humana. Las
instituciones vendrían a ser las reglas, costumbres y normas de operación de un
sistema; son redes que sirven para enlazar y encauzar institucionalmente las
relaciones de intercambio social, económico y político entre los subsistemas o
componentes del sistema. Por su parte, Noogard
(citado en Cavadias, 2001: 12) las define como las
configuraciones legales, procedimientos, convenciones, normas y estructuras
organizativas que dan forma a la interacción humana, y consisten en relaciones
de autoridad que ayudan a definir cuál actividad es o no permisible y en qué
situaciones.
Estos patrones
de interacción humana –conocidos y aceptados regularmente aunque no
necesariamente por medio de una ley o decreto– pueden ser formales o
informales. Las instituciones formales son las reglas escritas en las leyes y
reglamentos y son construcciones creadas por los individuos para encarar
problemas específicos de naturaleza política, económica o social. La aplicación
y el cumplimiento de estas instituciones son obligatorios y se requiere de un
poder coercitivo para hacerlas cumplir. Estas instituciones se pueden
identificar en los sistemas electorales, el presidencialismo, un Estado federal
o unitario, la distribución del poder, una ley municipal o regional, entre
otras.[10]
En resumen, la
característica principal de una institución, sea formal o informal, es que
incorporan, excluyen y, generan incentivos; es decir, establecen qué actores y
qué recursos, demandas y procedimientos son aceptados como bases válidas en un
proceso de decisiones para alcanzar ciertos resultados (March
y Olsen, 1989). También pueden las instituciones
ampliar los horizontes temporales de los actores; es decir, pueden hacer que algunas
interacciones institucionalizadas continúen o no en el futuro y probablemente
con el mismo número de agentes. Las instituciones inciden en el proceso
político en general y se constituyen en un elemento fundamental al afectar el
funcionamiento de otros aspectos del sistema político como la participación
ciudadana en las decisiones públicas. De esta forma, los diseños
institucionales como los gobiernos regionales o una municipalidad fijan
procedimientos, poderes, competencias y estructuras que se transforman en
incentivos para iniciar o no procesos participativos y facilitar u obstaculizar
la participación de la comunidad en la decisión pública. Así, podemos decir que
las instituciones pueden contribuir a mejorar el desempeño de una sociedad
dada, pero también pueden contribuir a empeorarlo, ya que se pueden producir
importantes sesgos económicos, sociales y políticos que afectan negativamente a
grupos o sectores, persistiendo instituciones ineficientes en la sociedad en
general (Shugart y Carey, 1992).
El nuevo
institucionalismo en la ciencia política le concede una atención especial a los
mecanismos con los cuales los individuos y las organizaciones toman decisiones
colectivas. Este enfoque, estudia las instituciones tal como son y se
desenvuelven, pero ya no desde un punto de vista tan normativo; su preocupación
la constituyen instituciones y diseños tales como la estructura burocrática y
administrativa del gobierno y la distribución del poder, entre otros. Retoma el
estudio del papel que desarrolla el Estado como principal agencia productora de
leyes, de estabilidad y de integración política en la sociedad, importancia que
también se le otorga a los partidos políticos, grupos económicos,
organizaciones no gubernamentales, organizaciones sociales, etcétera.
3. La participación
ciudadana en la gestión municipal chilena: diseños institucionales e incentivos
La estructura
burocrático-administrativa de Chile se conforma de 13 regiones, 51 provincias y
344 comunas. Cada una de esas unidades administrativas tiene funciones y
atribuciones propias y compartidas. Dentro de esas atribuciones se establece
apoyar la gestión del Estado con mecanismos e instancias de planificación que
enfaticen la participación ciudadana (Subsecretaría de Desarrollo Regional,
2002: 50; 2003a: 25).
En 1990,
mediante la Ley 19.175 (Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración
Regional) se crearon los gobiernos regionales como entes de administración
superior de las regiones, conformado por el Intendente como ejecutivo regional
(el cual es designado por el presidente de la República) y los Consejeros
Regionales como entes colegiados de administración regional, estos últimos
electos por los concejales municipales en cada provincia (Subsecretaría de
Desarrollo Regional, 2003a: 18). A los gobiernos regionales se les atribuyeron
funciones en las áreas de desarrollo social y cultura, fomento productivo y
ordenamiento territorial. También se consideraron nuevos mecanismos de
financiamiento público y fiscal como el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (fndr), las
Inversiones Sectoriales de Asignación Regional (isar), las inversiones regionales
de asignación local (iral)
y los convenios de programación ministerial (Subsecretaría de Desarrollo
Regional, 2003b: 15).
Los gobiernos
regionales pasaron de ser unidades administrativas con un carácter
eminentemente estratégico en el periodo de Augusto Pinochet, a constituirse en
unidades fundamentales de la administración del Estado en la era democrática.
Tanto así que al año 2000, la decisión regional sobre la inversión pública
alcanzaba 46% (Insunza, 2000: 19), y para el año 2004
la decisión sobre recursos financieros en ese nivel de gobierno alcanzó 52% de
la inversión pública regional (Subsecretaría de Desarrollo Regional, 2004: 10).
Claramente en los gobiernos regionales se nota un diseño institucional con un
énfasis más administrativo-fiscal que político, en ese orden de importancia y
prioridad. Cuando se habla de atribuciones fiscales en el nivel regional
chileno, se hace alusión a la capacidad de decidir sobre el destino de ciertos
recursos gubernamentales de carácter regional, pero no se quiere decir que esos
niveles de gobierno puedan o tengan la capacidad de generar recursos fiscales
propios por medio de impuestos u otros mecanismos, como sucede por ejemplo con
los Estados o provincias en los países federados.
Por su parte, en
el año de 1992, con la promulgación de la Ley 18.695 (Orgánica Constitucional
de Municipalidades), las municipalidades sufrieron importantes transformaciones
y se les entregaron numerosas responsabilidades y recursos. Mientras algunas
funciones se orientaron más hacia la administración y desarrollo del espacio
urbano, otras involucraron una extensión de las funciones sociales
estableciendo responsabilidades compartidas con el gobierno central en las
áreas de salud, educación, cultura, recreación, deportes, vivienda, asistencia
social y, últimamente, fomento productivo (Subsecretaría de Desarrollo
Regional, 2002: 12). Una reforma fundamental fue aquella que permitió la
elección directa y democrática de alcaldes y concejales, lo cual implicó, entre
otras cosas, una ampliación de la agenda y de las responsabilidades políticas
locales y en menor medida de las responsabilidades fiscales que hasta esa fecha
manejaban los municipios. A diferencia del nivel regional, el énfasis en el
nivel municipal se puso en un diseño institucional más político-administrativo
que fiscal, en ese orden de importancia y prioridad.
Lo anterior
indica que lo que hizo el nivel central, mediante las leyes de gobierno
regional y de municipalidades, fue fundamentalmente desconcentrar funciones
administrativas de decisión sobre manejo y destino de recursos fiscales a los
gobiernos regionales y funciones políticas y administrativas a las
municipalidades. Como consecuencia, los municipios, al tener más atribuciones
administrativas y políticas, siguen atados a las decisiones fiscales sobre qué,
cuánto, cuándo y dónde invertir, decisiones que se toman fundamentalmente en el
nivel regional y central. De hecho, el municipio financia con ingresos propios
sólo 10% del gasto público nacional, y si a esto se le suman las transferencias
ministeriales de salud y educación, la cifra alcanza 20%; todo lo demás se
decide en otras instancias públicas, ya sea en ministerios o gobiernos
regionales (Subsecretaría de Desarrollo Regional, 2004: 42).
Con este nuevo
diseño institucional subnacional, creado a partir de
1992, ¿qué incentivo político tiene un alcalde de un municipio de menor tamaño
relativo[11] para iniciar un proceso
de gestión con amplia participación ciudadana?, ¿cuáles son los principales
riesgos políticos que asume un alcalde que inicia un proceso de gestión con
amplia participación ciudadana?
En primer lugar
puede suceder que los problemas identificados en un proceso participativo no
coincidan con los proyectos y recursos fiscales que puede conseguir un
municipio en el nivel central y/o regional, o simplemente puede suceder que un
municipio no cuente con los recursos fiscales propios para ejecutar los proyectos
definidos junto a su comunidad. Esta situación, que podríamos llamar
“incertidumbre fiscal municipal”, puede llevar a pensar a un alcalde que, al
iniciar un proceso de gestión de naturaleza participativa, puede llegar a
generar una expectativa de solución de un problema en su comunidad que no
necesariamente puede resolver o para el cual, por lo menos, nadie le asegura
que conseguirá los recursos fiscales. Ante esta situación, algunos alcaldes
optan por un estilo de gestión conservador, de “soluciones en busca de
problemas”; es decir, una vez que se aseguran de que un determinado proyecto o
recurso ministerial/regional fue conseguido, comprometido o asignado al
municipio, se busca precisamente el problema en la comunidad. De manera irónica
se podría decir que, como la mayoría de las municipalidades padece de
innumerables necesidades, todas las soluciones que se consigan en los niveles
superiores de gobierno vienen muy bien para la comunidad, independientemente de
si éstas son producto de una planificación participativa o no.
Desde esta
perspectiva, y de acuerdo con las reglas del juego político actual, un alcalde
no tiene incentivos para iniciar procesos participativos antes de superar su
“incertidumbre fiscal”; más aún, le podría resultar electoralmente pernicioso
generar expectativas en la población que después no podría cumplir.
Esta situación
se puede ver reflejada en la principal instancia de planificación de los
municipios chilenos: el Plan de Desarrollo Comunal (Pladeco).
El Pladeco es una de las principales herramientas de
planificación municipal y tiene un componente esencialmente participativo,
definido en los artículos 6 y 7 de la Ley 18.695. No obstante, en un estudio
nacional realizado por el Ministerio de Planificación (Mideplan),
se recogió y analizó la percepción de un grupo de alcaldes, concejales y
funcionarios municipales sobre la importancia asignada a los Planes de
Desarrollo Comunal y el grado de utilización de éste en la gestión municipal.
El estudio arrojó que la utilidad era muy baja (Ministerio de Planificación,
2000: 15) y los alcaldes y profesionales encargados de la burocracia municipal
percibían que sin esta herramienta de planificación participativa se podía
realizar igualmente la gestión municipal, ya que los recursos fiscales se conseguían
igualmente en el nivel central y/o regional (Montecinos,
2006: 14).
Otro de los
factores institucionales que desalienta la participación ciudadana en la
planificación a escala municipal, es la dependencia jerárquica que se produce
entre los niveles regional y municipal a raíz de las funciones administrativas,
fiscales y políticas que se le adjudican a cada uno de ellos.
Por ejemplo,
como ya se señaló, los municipios cuentan con atribuciones más políticas y
administrativas, pueden elegir a sus principales autoridades locales (alcaldes
y concejales), y cuentan con atribuciones administrativas exclusivas y
compartidas, pero no cuentan con la suficiente capacidad fiscal ni económica
para ejecutar sus instrumentos de planificación y sus proyectos. Dicha
situación provoca que los alcaldes constantemente se encuentren “mirando hacia
arriba”; es decir, buscando, negociando –y los menos gerenciando–
recursos en otras instancias de gobierno para poder poner en marcha sus
proyectos, lo cual no implica que ignoren completamente los problemas de su
comunidad o no generen instancias de participación para identificarlos. Al
contrario, esto ha hecho que en muchos casos los alcaldes adopten una actitud
aún más extrema y perniciosa para la participación ciudadana; es decir,
paternalista y asistencial asumiendo el rol de Padre o Mesías que busca
soluciones para su gente.
Lo anterior ha
hecho que la participación ciudadana aparezca en los instrumentos de
planificación municipal, en la mayoría de las veces, en la etapa de diagnóstico
en forma de consulta y cuando es exigida como requisito para acceder a algún
proyecto de carácter ministerial o regional, adoptando un carácter
instrumental, coyuntural y/o funcional a la obtención de ciertos recursos
provenientes del nivel central o regional.
Por ejemplo, si
para entregar recursos para los adultos mayores un ministerio, cualquiera que
sea éste, solicita que el grupo etario en cuestión se encuentre organizado y
que sean los mismos beneficiarios quienes definan sus prioridades, los
municipios inician una mega campaña de organización de adultos mayores en sus
comunas para poder obtener los recursos ofrecidos. Asimismo cuando se acaban
los recursos, la organización social queda literalmente a la deriva.
Otra modalidad
que adopta esta visión instrumental de la participación ciudadana es la que
lleva implícita un elemento asociado a la reducción del gasto social a partir
de incorporar en las políticas públicas los recursos de los beneficiarios.
Cuando se participa para poder ser beneficiario de un programa social estamos
hablando de una participación condicionada por una necesidad o una urgencia. En
esos casos, la asimetría en las relaciones con el Estado o con quien brinda los
recursos determina también el grado de inclusión que genera este tipo de
participación. Por eso es común encontrar en los discursos gubernamentales la
alusión a la participación ciudadana en la planificación de la gestión
municipal, pero con un sustento que es la cantidad de metros de pavimento y
aporte financiero de la gente en la ejecución de los proyectos.
En estos casos
no deberíamos hablar de participación ciudadana sino derechamente de
financiamiento compartido, ya que con ese criterio prácticamente se obliga a
las personas a participar, pues de lo contrario no obtienen el beneficio, o
sea, no se les pavimenta la calle o no se les entrega la vivienda. Si a alguien
le dicen: “Vecino, si no se organiza no hay beneficio”, ¿qué alternativa le
queda especialmente a la gente con menos recursos económicos?, ¿quién no
participa en esas condiciones?
Por su parte,
las atribuciones más administrativas y fiscales que poseen los gobiernos
regionales hacen que éstos cuenten con ventajas considerables ante los
municipios, sobre todo en lo que al manejo y/o destino territorial de recursos
fiscales se refiere; recordemos que éstos deciden sobre 50% de la inversión
pública regional, en tanto los municipios, en promedio, no superan 10%
(Subsecretaría de Desarrollo Regional, 2004: 10). Aun con esta “ventaja
fiscal”, los gobiernos regionales en Chile son las unidades
político-administrativas que menos capacidades y oportunidades tienen de
iniciar procesos de gestión territorial con amplia participación ciudadana.[12]
El motivo
fundamental se debe a la escasa legitimidad política que tienen el intendente y
los consejeros regionales ante la ciudadanía, pues ellos, de acuerdo con el
actual diseño institucional, se transforman en la organización llamada gobierno
regional. Este diseño determina que el intendente regional sea designado por el
presidente de la República y que los consejeros regionales sean seleccionados
mediante elección indirecta (elegidos por los concejales de cada municipio),
ninguno mediante votación popular. Este aspecto los hace perder una importante
legitimidad política ante la población, por más que se quiera argumentar que el
primero es el legítimo representante del presidente de la República en las
regiones y que en conjunto con los consejeros regionales tienen por finalidad
hacer efectiva la participación de la comunidad regional.
Frente a esta
escasa legitimidad política ante los ciudadanos, los intendentes regionales se
han logrado levantar con una gran legitimidad política frente a las elites
regionales, ya sean alcaldes, diputados o senadores. Este fenómeno ha hecho que
los intendentes se transformen en importantes negociadores políticos en el
nivel subnacional al enfrentarse cotidianamente a
presiones de alcaldes, senadores, diputados y partidos políticos, quienes ven
en esta instancia una importante fuente de recursos fiscales para sus
respectivos territorios y/o carreras electorales. Por cierto, los alcaldes
continuamente deben tocar las puertas del intendente en el gobierno regional
con el fin de conseguir los recursos necesarios para ejecutar sus proyectos
municipales.
Como
consecuencia, la participación ciudadana en la planificación de los gobiernos
municipales es una prioridad secundaria frente a la necesidad diaria y urgente
a la que se ven enfrentados constantemente los alcaldes de “buscar, negociar o gerenciar” los recursos fiscales en el nivel central o
regional para sus proyectos.[13]
Este fenómeno tiene su origen fundamentalmente en la debilidad fiscal o
incertidumbre fiscal del municipio (principal obstáculo al cual aluden los
alcaldes para iniciar procesos participativos junto a la comunidad)[14] y
en la escasa legitimidad política de los gobiernos regionales frente a los
ciudadanos. La fortaleza política de los municipios se transforman en la
debilidad del gobierno regional, y la fortaleza fiscal de éste es la debilidad
del municipio, cuestión que se puede hacer extensiva a la mayoría de los
municipios y gobiernos regionales que tienen en común la poca visibilidad de la
participación ciudadana, ya sea por la falta de legitimidad política y/o por la
falta de autonomía fiscal.
Conclusiones
La
institucionalidad actual subnacional y su diseño,
mediante las leyes 18.695 y 19.175, han dado lugar a la negociación política
hacia arriba de ciertos contenidos, temas y recursos fiscales en las políticas
públicas municipales. Con la modificación de las reglas del juego en la década
de los noventa posdictadura, se esperaba que con la
participación de la comunidad en la gestión del Estado se contribuyera a
democratizar el país. Sin embargo, a más de doce años de introducidas esas
reformas, la participación en la gestión municipal se aprecia instrumentalizada
y las relaciones interinstitucionales en el nivel subnacional
condicionadas, de manera tal que se sigue manteniendo cierto nivel de
centralización en las decisiones, lo cual sin duda ha contribuido a debilitar
la participación ciudadana en la gestión local. Como consecuencia, no quedan
claras las reglas del juego para una participación ciudadana en la gestión
municipal que se transforme en un elemento clave para el desarrollo social y
democrático chileno. Más bien, las reglas del juego que plantea la
participación ciudadana en el espacio local quedan sujetas a la
discrecionalidad de los alcaldes y a un uso “instrumental de ella”, atentando
contra la posibilidad de ejercer la participación como un derecho ciudadano.
De esta forma,
el ejercicio de la participación ciudadana en la gestión pública, entendida
básicamente como la determinación de la prioridad de los problemas, el diseño
consensuado de soluciones y el monitoreo del gasto público, se ha visto
reemplazado por una racionalidad instrumental que entiende esa participación
como un mayor aprovechamiento de los limitados recursos que administran la
mayoría de los municipios. Esta situación se transforma en co-financiamiento
de ciertos beneficios sociales y no necesariamente en participación ciudadana.
De tal forma, podemos apreciar que con el actual diseño institucional los
instrumentos participativos de planificación municipal no se transforman en
orientadores de la gestión en el nivel local, y que más bien se promueve la
gestión hacia arriba antes que la gestión deliberada desde abajo. La escasa
participación ciudadana en las decisiones en el nivel municipal se relaciona
con presupuestos fiscales imprevisibles y condicionados a la disponibilidad de
proyectos en el nivel central o regional.
Considerando
estos antecedentes se podría deducir que es el propio diseño institucional subnacional, generado en la era democrática en su dimensión
fiscal y política, el que promueve la participación ciudadana de una manera
instrumental, lo cual no contribuye de manera sustantiva al desarrollo social y
democrático del país construido desde el nivel local. Esto se vuelve
contradictorio si se considera que las reformas derivadas de la ley de
gobiernos regionales y la de municipalidades en 1992 perseguían precisamente
contribuir al perfeccionamiento y profundización de la democracia por medio de
la participación de la ciudadanía en las decisiones públicas.
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Recibido:
28 de febrero de 2006.
Aceptado:
5 de junio de 2006
Egon
Elier Montecinos-Montecinos es Doctor en Investigación
en Ciencias Sociales con especialización en Ciencia Política. Actualmente está
adscrito al Centro de Estudios del Desarrollo Regional y Local de la
Universidad de Los Lagos. Su línea de investigación se dirige a la
Descentralización
y Participación Ciudadana en los espacios locales. Entre sus publicaciones
destacan: “Los estudios de descentralización en América Latina: una revisión
sobre el estado actual de la temática”, Revista eure, v.
31, núm. 93, pp. 77-88; “Antecedentes sobre la relación histórica centralismo /
descentralización en Chile”, en Revista
Venezolana de Gerencia,
v. 10, núm. 31, pp. 443-462;
“Democracia y Multiculturalismo: ¿son compatibles los derechos de las minorías
nacionales con los principios orientadores de la democracia liberal?”, en
Revista Alpha, núm. 20, pp. 201-211.
[1] Este artículo es producto del proyecto
de investigación financiado por la Dirección de Investigación de la Universidad
de Los Lagos, Osorno-Chile, titulado Instituciones políticas y participación
social en la región de Los Lagos: ¿Por qué las organizaciones sociales no participan
activamente en las decisiones del gobierno local?
[2] La idea básica que se comparte en
este artículo sobre participación ciudadana se refiere al rol del ciudadano en
cuanto partícipe y en cuanto usuario de las decisiones y gestiones asociadas
con la definición y ejecución de acciones públicas, y este rol se entiende como
un derecho ciudadano (Márquez, et al., 2001; Cunill,
1991). Se entiende que para que la participación ciudadana se haga expresiva y
no instrumental, la influencia en las decisiones debiera ser en las distintas
etapas de una política pública; es decir, tanto en la definición y la
determinación de prioridades de problemas/necesidades, como en el diagnóstico,
en el diseño consensuado de soluciones y en el control del gasto público. Un
segundo elemento es que una institución pública, como un gobierno regional o
municipio, debe contar con reglas del juego o atribuciones políticas,
administrativas y fiscales que incentiven la promoción y consolidación de un
proceso de gestión participativa junto a su comunidad.
[3] En el nivel municipal, la Ley
Orgánica Constitucional de Municipalidades 18.695 reconoce tres instrumentos de
planificación: el plan regulador, el presupuesto municipal y el Plan de
Desarrollo Comunal, también conocido como Pladeco.
Por su parte, los instrumentos de participación descritos en esa misma ley son:
las ordenanzas municipales, las audiencias públicas, la oficina de reclamos,
los plebiscitos comunales y el nuevo consejo económico y social, Cesco. Estas instancias se incorporaron en 1999 mediante la
ley número 19.602 que reemplazó en la ley número 18.695 de municipalidades, el
título iv
“Del Consejo Económico y Social Comunal”, por un nuevo título sobre
“Participación ciudadana”.
[4] Escasa participación ciudadana o
participación ciudadana instrumental, en este artículo se entienden como
sinónimos. Esta pregunta de investigación tiene como principal sustento
empírico el diagnóstico entregado por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y
Administrativo (Subdere) del gobierno de Chile en el
año 2004. En este diagnóstico, la participación ciudadana en la planificación
municipal y en los instrumentos de participación se aprecia escasa y
debilitada, porque tal como se manifiesta no contribuye a la profundización de
la democracia.
[5] Se trabajó con datos documentales de
las dimensiones política (atribuciones y sistema de elección de las autoridades
regionales y municipales) y fiscal (atribuciones fiscales de ingreso y gasto de
gobierno regionales y municipales) consideradas en la Ley 18.695 Orgánica Constitucional
de Municipalidades y la Ley 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y
Administración Regional.
[6] Entre los hitos más importantes que
se pueden mencionar está la democratización de las municipalidades en 1992 al
permitir la elección directa y democrática de los alcaldes y concejales, la
creación en 1992 de los gobiernos regionales, y en 1994, el inicio de la
modernización municipal con el Programa de Fortalecimiento Institucional
Municipal i y ii.
[7] El Pladeco
es el único de los tres instrumentos de planificación municipal que para su
elaboración de acuerdo con la ley debe considerar la participación ciudadana.
Los dos instrumentos de planificación municipal restantes son el presupuesto
municipal y el Plan Regulador Municipal.
[8] La propuesta y los compromisos
asumidos por el gobierno en materia de participación ciudadana, parten de dos
supuestos fundamentales. El primero se refiere al hecho de que estamos frente a
una crisis de legitimidad y representatividad política, y, por lo tanto, el régimen
político se encuentra alejado de los ciudadanos y de sus demandas. Como
consecuencia, es un deber del Estado fomentar la participación de la sociedad
civil en los aspectos de carácter público que le atañen. Segundo, la
participación ciudadana, además de fortalecer la democracia y la
gobernabilidad, lleva a la creación de una identidad nacional más auténtica, a
partir de la incorporación en el quehacer público, de aquello que identifica a
la gente (Huerta et al., 2000: 7).
[9] Dentro del institucionalismo clásico,
y posteriormente dentro del nuevo institucionalismo, no sólo se concede una
particular importancia a las instituciones tradicionales como los sistemas
electorales, el Estado, los partidos políticos y los parlamentos, sino también
a las reglas, procedimientos y organizaciones que integran el sistema político
en su conjunto y que tienen una influencia en las relaciones sociales, el
comportamiento individual y la estabilidad o inestabilidad de los gobiernos y
del propio sistema político y social.
[10] Por su parte, las instituciones
informales son las reglas no escritas que se configuran a lo largo del tiempo
producto de los usos y costumbres. Estas instituciones son autocumplidas,
en el sentido de que no se requiere de una fuerza exógena para obligar su cumplimiento,
y las sanciones derivadas de su incumplimiento son meramente morales y
privadas.
[11] Municipios con menos de 50 mil
habitantes. Hago alusión a este tipo de municipios ya que representan 70% del
total de municipalidades chilenas.
[12] De hecho, el principal instrumento de
planificación de los gobiernos regionales la Estrategia Regional de Desarrollo
(erd) en
el diagnóstico realizado por el gobierno chileno resultó ser uno de los
instrumentos de planificación con un impacto menor en la ciudadanía y con
escasa participación en ella (Subsecretaría de Desarrollo Regional, 2004: 26).
[13] Así lo manifestó el alcalde de la
comuna de Osorno en El Diario Austral el día 5 de abril del 2005: “Me di
cuenta que todo está allá en Santiago, por lo que ahora me transformaré en un
alcalde lobbysta”.
[14] Mientras transcurría esta investigación, este aspecto una vez más fue reivindicado por los alcaldes en la inauguración de las escuelas de capacitación el 17 de enero del 2005, en donde insistieron en que el Estado reconociera una mayor autonomía en todos los aspectos, ya sea fiscal y administrativo (extracto del diario El Llanquihue, 18 de enero 2005, versión electrónica, www.diariollanquihue.cl).